El
Gobierno Federal anunció la puesta en marcha de acciones orientadas a
la protección de diversas especies que habitan en las aguas nacionales
del norte del Golfo de California, entre las que se encuentran la
vaquita marina.
Con
este fin, las secretarías de de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT) y Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA) emitieron el Acuerdo por el que se suspende
temporalmente la pesca comercial mediante el uso de redes de enmalle,
cimbras y/o palangres operadas con embarcaciones menores, en el norte
del Golfo de California.
En
el Diario Oficial de la Federación (DOF) se establece la suspensión
temporal del uso de redes de enmalle, cimbras y/o palangres en la pesca
comercial con embarcaciones menores, en la zona de aprovechamiento
pesquero delimitada por el polígono con vértices en las siguientes
coordenadas geográficas: 144.0228 de longitud y 31.4933 de latitud,
114.022 de longitud y 30.095 de latitud, 114.6 de longitud y 30.095 de
latitud, 114.8203 de longitud y 31.5875 de latitud, y 114.5322 de
longitud y 31.7033 de latitud, durante un plazo de dos años, contados a
partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo.
Parte
de este polígono se encuentra dentro del área natural protegida con
carácter de Reserva de la Biosfera, conocida como Alto Golfo de
California y Delta del Río Colorado, ubicada en aguas del Golfo de
California y los municipios de Mexicali, Baja California, de Puerto
Peñasco y San Luis Río Colorado, Sonora, y el área de refugio para la
protección de la vaquita (Phocoena sinus) queda inscrita dentro del
mismo.
Se
exceptúa de la disposición a la pesquería de curvina golfina (Cynoscion
othonopterus), durante el periodo del 1 de febrero al 30 de abril de
cada año, la cual podrá realizarse de conformidad con las disposiciones
administrativas vigentes.
Las
disposiciones del Acuerdo se aplicarán a los permisionarios y
concesionarios de la pesca comercial dedicados al aprovechamiento
pesquero, en donde estén autorizadas las artes de pesca, con base en los
estudios científicos y técnicos del Instituto Nacional de Pesca
(INAPESCA).
La
vigilancia del cumplimiento del Acuerdo estará a cargo de la SEMARNAT,
por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(PROFEPA), y la SAGARPA, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura
y Pesca (CONAPESCA), en el ámbito de sus respectivas competencias.
Ambas dependencias se coordinarán con la Secretaría de Marina para la vigilancia en las zonas marinas mexicanas.
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